En un fallo de mayo de 2014, Google España contra la AEPD y Mario Costeja González, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea decidió que las personas tienen el derecho a solicitar que se retiren de los motores de búsqueda como Google algunos resultados relacionados con ellas. El tribunal decidió que los motores de búsqueda debían evaluar cada una de dichas solicitudes y que únicamente podrían continuar mostrando los resultados en los casos de interés público.
La Justicia europea falló a favor del llamado derecho al olvido el 13 de mayo de 2014, y desde el 29 de ese mismo mes, Google facilita al que quiera un formulario de petición de retirada de enlaces, cuya evaluación es considerada, caso por caso, para ver si se acoge a dicho supuesto legal, que exige requisitos muy concretos.
En la siguiente infografía realizada por Andrés Macario se incluyen algunos datos de interés sobre el derecho al olvido en Google :
Gracias por el artículo !! La infografía de Andrés Macario me parece buenísima … super explicativa en un golpe de vista 🙂