La Audiencia Nacional condenó en 2015 a 6 años de prisión a cada uno de los responsables de la web Youkioske por pertenencia a organización criminal y delitos contra la propiedad intelectual.

Se trataba de una sentencia histórica ya que supone la mayor condena impuesta en España a piratas informáticos, según fuentes de la Audiencia Nacional. Se trataba también de la primera vez que la condena supera los dos años y que por tanto, cuando se convirtiense en firme, supondría el ingreso en prisión de los dos condenados. Pero, la decisión era recurrible en casación ante el Tribunal Supremo y los dos condenados tomaron esta medida.

Ahora, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a seis años de prisión impuesta a los dos administradores por un delito contra la propiedad intelectual y otro de promoción y constitución de una organización criminal cometidos al difundir por Internet sin autorización el contenido de periódicos y libros; desestimando los recursos de casación el recurso de la acusación particular ejercida por la Asociación de Editores de Diarios Españoles.

La sentencia indica que la conducta de los acusados incorporando a su página los contenidos íntegros de la titularidad aunque sin la autorización de sus propietarios encaja en el delito contra la propiedad intelectual. En este caso, añade, no se trata de facilitar el acceso a una obra ya publicada libremente por su titular, sino el de obviar los presupuestos de uso de la obra, mediante el escaneado en la página web.youkioske.com del contenido protegido para su comunicación pública en condiciones no dispuestas por el titular.

Sobre el delito de promoción y constitución de una organización criminal, la Sala afirma que los hechos probados describen “un actuar de varias personas, con niveles de actuación prefijados y en el que, a pesar de la falta de identificación de los ‘ucranianos’, éstos actúan siguiendo las ordenes de los órganos de decisión resultando del relato fáctico una actividad empresarial -organizada- para la realización del delito, lo que integra los presupuestos de la tipicidad del delito objeto de la condena“.

La sentencia explica que la actividad se desarrolla desde el año 2009 hasta el 2012, cuando el tipo penal ya estaba vigente y era aplicable.

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