Espera, me lo sé. Escribes el link de esa página web que te encantó y que te memorizaste cual tabla periódica en tu época estudiantil . “Error 404: Not Found” lees en la pantalla. No puede ser… ¿y ahora que hago?.
Esto que te acaba de aparecer en la pantalla es lo denominado como “código de estado HTTP” y se suelen utilizar en Internet para proporcionar información, indicar que se debe realizar alguna acción adicional, informar al navegador…
Pero, ¿conoces el “Error 451”?
Propuesto en 2013, aprobado en 2015 cuando el Internet Steering Group (IETF, el grupo de ingenieros que actualiza las reglas por las que se rige la red) aprobó este código con la siguiente carta de presentación: “no disponible por razones legales”. Este mensaje deja claro que el sitio en cuestión no es accesible como consecuencia de una orden judicial o sentencia emitida por un tribunal y que proporciona cierta información al usuario acerca de los motivos por los que la web se encuentra bloqueada.
Además, incluye una explicación acerca de los detalles de esta demanda, como quién está aplicando el cierre, la legislación que atañe al caso, las razones, y demás.
Y no, el uso del número 451 no es una casualidad. Se toma de la novela Fahrenheit 451 de Ray Bradbury, la cual recrea un mundo en el que la misión de los bomberos es quemar libros ya que leer impide ser felices a los habitantes y favorece la disparidad de ideas frente a las impuestas por el gobierno.
Esto se debe a que una parte del IETF considera que este código de estado HTTP resulta específico para la censura.
Cabe para destacar que no sólo veremos el error 451 en este tipo de situaciones, ya que también aparecerá en caso de que el proveedor de Internet esté bloqueando el acceso a un determinado recurso.
Vía | IETF / 451unavailable
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AUTOR
Fundador y director de DerechodelaRed.