Se trata de una propuesta de ley para suprimir las puertas traseras que permiten el acceso a los mensajes de los usuarios y obligar a los servicios de comunicaciones a implantar el sistema de cifrado de extremo a extremo.

La condenada escribió en marzo de 2015 un comentario en la red social en el que decía que su excónyuge era un “hipócrita” y que “mientras el niño estaba en el hospital ingresado, él se estaba acostando con otra mujer”

Esta decisión se adopta «al estimar que las normas supuestamente infringidas en que se funda el reproche de deslealtad no imponen obligaciones a la empresa demandada, sino a los titulares de licencias de vehículos de alquiler con conductor (VTC), con los que Cabify no puede confundirse».

Desestima el recurso del condenado, que pretendía una relación amorosa con su compañera de trabajo y la sometió a continua vigilancia.

La mujer tuvo que cambiar de domicilio por el seguimiento del que estaba siendo objeto y será indemnizada con 2.000 euros por daño moral.

Un suizo ha sido condenado a 4.000 francos (3.675 euros) de multa por un ‘Me gusta’ en una publicación de la red social Facebook que tachaba de racista a un conocido defensor de los derechos de los animales.

Considera que no se ha probado suficientemente la comisión de dicho delito al no estar constatado ni de manera indirecta que la voluntad del autor fuera tendente a querer incitar la comisión de delitos de terrorismo.

La AEPD publica una guía práctica para difundir el derecho a la protección de datos entre los ciudadanos.

Comprar en Internet es sencillo pero debemos conocer cuáles son nuestros derechos como consumidores.

Por ello y para conocer estos derechos os traemos esta infografía realizada por INCIBE.

La propuesta publicada proporciona un marco para operar con seguridad los drones al tiempo que permite a la industria de los drones innovar y seguir creciendo.

La conducta para ser delito debe tener vocación de prolongarse el tiempo suficiente para provocar la alteración de la vida cotidiana de la víctima.

José Luis Piñar, Tomás de la Quadra-Salcedo, Ricard Martínez, Diego Naranjo, Miguel Pérez Subías, Christoph Steck y Ofelia Tejerina forman el grupo de siete expertos.

La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional considera que los 13 comentarios que escribió esta persona en la red social Twitter, entre 2013 y 2016 sobre el almirante Carrero Blanco y el terrorismo constituyen un delito de humillación a las víctimas

El Tribunal Supremo es claro: «Que el titular del perfil haya «subido» una fotografía accesible al público en general, no autoriza a un tercero a reproducirla en un medio de comunicación».

Desde KPMG han realizado una infografía en la que se exponen las novedades más relevantes del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y las comparan con la normativa actual en España.

La Asociación Española de FinTech e InsurTech (AEFI) ha lanzado del Libro Blanco de la Regulación FinTech en España.

Simulaba ser un adolescente en las redes sociales y pedía imágenes sexuales como parte de un intercambio, con la promesa de enviar luego fotografías de la supuesta menor bajo la que se ocultaba.

Un juez estadounidense ha ordenado a Google que cumpla el requerimiento del FBI y le entregue el acceso a los correos electrónicos de los usuarios los cuales se encuentran almacenados en servidores situados fuera de los Estados Unidos.

En los comentarios publicados en la red social decía, entre otras cosas, que «53 asesinadas por violencia de género machista en lo que va de año, pocas me parece con la de putas que hay sueltas» o «ya tengo los explosivos preparados para liarla en Sol, Feliz Año, Alá es grande».

La Sala II del Tribunal Supremo considera que fueron mensajes de humillación y burla que «alimentan el discurso del odio, legitiman el terrorismo como fórmula de solución de los conflictos sociales y, lo que es más importante, obligan a la víctima al recuerdo de la lacerante vivencia de la amenaza, el secuestro o el asesinato de un familiar cercano».

Las frases publicadas en Facebook por el acusado «contienen una manifestación del discurso del odio al propiciar y alentar una incitación o provocación, aunque sea indirecta, a la violencia terrorista”