1. Introducción

El modelo de vida ha cambiado en las últimas dos décadas gracias a la tecnología, son incontables los ejemplos que hay en la mesa, por ejemplo, se ha dejado de usar el teléfono de línea gracias al celular, ya no se habla por teléfono si quiera porque se mandan mensajes, mensajes que no son de “sms” sino de aplicaciones de mensajeria gratis (whatsapp, telegram, Wechat, etc.)

Otro cambio ha sido el menor uso del mail, este ha quedado como mensajería residual para ciertos temas que requieren una mayor formalidad, puesto que para lo cotidiano son las aplicaciones mencionadas que cumplen la función.

Por lo tanto, hay muchas actividades que pasaron del “mundo real” al “mundo virtual”, actividades que incluyen delitos (grooming, robo y hurto informático, acceso ilegal a datos informáticos y pornovenganza) y por supuesto, el acoso escolar es una de estas que actividades que se llevan a cabo en el mundo digital.

La violencia existente actualmente en la sociedad es algo que no hace falta aclarar, tanto Argentina como España poseen sus propios focos de violencia, peleas callejeras, femicidios, violación en manada, y esta violencia social crece y se reproduce en otros estamentos más pequeños, como ser el ámbito escolar.

La violencia en la sociedad se encuentra íntimamente relacionada con la violencia en el aula, y no se puede dejar de hablar de una sin la otra, pero como este trabajo encara la violencia a las personas con discapacidad a través de las tecnologías de la información y comunicación, y en honor a la brevedad, pasaré directamente al tema evitando escribir sobre cuestiones que ya fueron escritas por personas más especializadas.

2. El acoso escolar, definición e historia.

Siempre existió violencia escolar, pero actualmente gracias a las tecnologías de la información y comunicación estas se pueden grabar, reproducir infinidad de veces y encima publicar para lograr así el escarnio público de la persona víctima de bullying, como se llama actualmente al acoso.

Antiguamente esta práctica era llevada a cabo solamente en el aula o dentro del ámbito escolar, actualmente, gracias a los nuevos medios de comunicación, esta violencia se lleva del aula al mundo todo de la víctima invadiendo toda su existencia, ya que el  acoso dura las 24 horas del día, y se suman otros sujetos que no conociendo a la víctima, es más, que ni siquiera viviendo en la misma zona geográfica, se adicionan a la manada de agresores.

Fue el noruego Olweus[1] quien dijo que: “La violencia se puede entender como una agresión (acoso) directa e indirecta a la víctima. Es indirecta cuando hay aislamiento social y exclusión deliberada de un grupo y directa cuando hay ataques relativamente abiertos a la víctima”, esto fue dicho en la década del 70 cuando todavía la sociedad no había sido atravesada por las tecnologías de la información y comunicación.

La agresividad intimidatoria entre escolares es un fenómeno muy antiguo, pero fue recién en la década del 80 que se vieron los primeros resultados de estudios sistematizados sobre el tema y en 1983 de la mano de Dan Olweus y Erling Roland, aparecieron los primeros informes relacionados con la violencia escolar que se iniciaron en Noruega en 1973 y se extendieron a los países escandinavos, para terminar, a finales de los 80 siendo un fenómeno estudiado en otros países, como Japón, Inglaterra, Países Bajos, Canadá, Estados Unidos y Australia.

En líneas generales, para el autor noruego, la violencia entre iguales se expresaba con el termino Mobbing (en Noruega y Dinamarca), siendo entendido este termino como “grupo grande de personas que se dedican al asedio, una persona que atormenta, hostiga y molesta a otra”. Con el paso del tiempo, y los estudios anglosajones, se utilizó el termino bullying, para hacer referencia a la intimidación, el hostigamiento y la victimización que se presenta entre pares en las conductas escolares.

En este bullying, los sujetos intervinientes son varios y cumplen roles definidos y necesarios: la víctima, acosador y espectadores, y estos últimos, si bien son pasivos son fundamentales para que el acosador se sienta “validado” e “importante”, porque en el mundo real no es importante, y debe mediante la violencia física, psíquica, burlas, etc. destacarse y tener un sequitos de personas que lo arenguen o simplemente festejen sus acciones, porque insisto, en el mundo real no se destacan.

Estos personajes que cumplen la función de espectadores, son tan culpables como los victimarios, porque observan, ríen y arengan estas situaciones, los motivos de los agresores y de sus seguidores, pueden ser variados, desde factores sociales, familiares u otros que son materia de análisis de otros profesionales, como psicólogos y/o sociólogos.

Muchas veces escucho a educadores de España y Argentina que están inquietos por este tema, y que no saben como abordarlo, o bien que, abordándolo no produce efectos de reducción del acoso en el círculo de violencia. Observo también como hay centro educativo que ni siquiera están preocupados por el tema, o que creen que lo abordan cuando en realidad solamente rozan el tema para estar a la moda.

Es importante mencionar un informe llevado a cabo en España titulado Violencia entre compañeros en la escuela y realizado por Ángela Serrano e Isabel Iborra en el Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia y publicado por el propio Centro en 2005.

Las autoras diferenciaron entre violencia escolar y acoso, y llegaron a la conclusión que la terminología violencia escolar es utilizada para cualquier tipo de violencia que se dé en los centros escolares, ya sea dirigida al alumnado, al profesorado o a los objetos, y que puede ser puntual u ocasional. Señalan, asimismo, la existencia de diferentes tipos o categorías de violencia escolar, concretamente “maltrato físico”, “maltrato emocional”, “negligencia”, “abuso sexual”, “maltrato económico” y “vandalismo”.

En cambio, se hace referencia al acoso -en inglés bullying- cuando la violencia escolar, es repetitiva y frecuente, tiene la intención de intimidar u hostigar a las víctimas.

Dice Olweus “el maltrato entre iguales es una conducta persecutoria de violencia física y psíquica de un alumno o grupo de alumnos que atormenta, hostiga y/o molesta a otra persona que se convierte en su victima de forma repetida y durante un periodo de tiempo mas o menos largo: meses o incluso años”.

Asimismo, otros autores como Cerezo u Ortega afirman que la violencia ha aumentado en los últimos años apareciendo cada vez más a edades más tempranas.

Es por lo mencionado en los párrafos ut supra, que me gustaría agregar y destacar que cuando se utilizan las tecnologías de la información y comunicación, la violencia es de tracto sucesivo, por ende, será siempre acoso o bullying, ya que perdura en el tiempo y queda en las redes y aunque se borre de estas, la posibilidad del uso de la impresión de pantalla y su reenvio, valida mi postura.

Es muy serio el tema del acoso, ningún ser humano puede soportar situaciones persistentes, intimidatorias, agresivas que ventilan muchas veces la intimidad del sujeto, sus debilidades, y de la cual, personas que ni siquiera conocen al sujeto víctima del acoso, se suman agrediendo y burlándose, tanto en la vida real, como en las redes.

Pero cuando el acoso se da en la temprana infancia, donde la personalidad aun se encuentra en formación, o en la adolescencia que muchas veces esta llena de inseguridades, el acoso puede llevar a la persona que lo sufre a situaciones de angustia tales como querer dejar de ir al colegio, insomnio, bajas calificaciones, autoflagelación (cortes, dejar de comer) y hasta llevar al suicidio.

En la casa, y en el colegio son dos lugares donde los niños/as y adolescentes deberían sentirse seguros, sabemos que muchas veces eso no se da así, tanto en la casa como en el colegio hay problemas, pero, cuando una persona sufre desequilibrio en su casa y además en el colegio, es un círculo vicioso de retroalimentación que lleva a escenarios insospechados y a ser más propensos a entrar en este circulo de violencia de victima-victimario.

Muchos de los acosadores tienen serios problemas en sus casas o vienen de hogares disfuncionales, y es en estos casos donde los padres suelen ver a sus hijos como posibles victimas del bullying y no como agresores. La mirada del adulto para poder advertir e intervenir en estos problemas es fundamental, no solo para prevenirlos, sino para evitar que se haga la escalada de la cual luego es MUY difícil salir. Los niños, niñas y adolescentes no suelen ser conscientes del daño, de las sanciones, ni de los riesgos del acoso o del uso indebido de la tecnología.

Actualmente las tecnologías han hecho que el acoso -que antes se circunscribía al ámbito educativo- traspase esas fronteras e invada las 24 horas del día, ya que la persona victima de acoso sufre violencia a través de internet, sms, chats, redes sociales, blogs que se arman especialmente para dañar, etc.; y aquí estamos frente a lo que se llama ciberbullyng, cuando la violencia, que antes era solamente en el edificio del colegio, atraviesa la vida real para acosar al sujeto las 24 horas del día.

Este tipo de acoso facilita también el anonimato de quien lo ejecuta, para seguir ejecutando un plan macabro, utilizando muchas veces a un caudal de personas, que no son anónimas, para sumarse a la burla, es un claro ejemplo del manejo psicopático.

Esta forma de acoso a través de las tecnologías de la información y comunicación, facilita la masificación del acoso generando en la victima y en su familia situaciones de mucho stress, como ser: ira, angustia, ansiedad, impotencia, fatiga, y otros daños psicológicos que puedan finalizar en suicidio.

Es tan grave esta situación que la Organización Mundial de la Salud (OMS), en un informe ha elaborado que: “dada la magnitud de su ocurrencia y la magnitud de sus consecuencias, la violencia debe ser vista como un problema grave de salud publica y que, en consecuencia, todos los países deben considerar la prevención primaria de la violencia como una prioridad”. Es un tema de salud pública sobre todo por el efecto replica que hay entre los adolescentes en temas de autoflagelación y suicidio.

Este tema debe ser estudiado y abordado con mayor cuidado en los diferentes ámbitos que rodean a una persona con discapacidad, ya que muchas personas, dependiendo de su dificultad, se encuentran en desventaja tecnológica y formativa respecto a las otras en el dominio de las nuevas tecnologías.

3. El acoso a través de las tecnologías de la información y comunicación.

Como vengo mencionando, las tecnologías de la información y comunicación han atravesado a la sociedad en su conjunto generando nuevas maneras de relacionarnos, hoy se busca pareja por Tinder, se pagan los servicios e impuestos por aplicaciones bancarias, se hacen consultas jurídicas, de salud u otras vía Skype, y no podía quedar atrás el acoso escolar.

Las tecnologías de la información y comunicación han generado nuevas formas de violencia como ser: Ciberbullying, Ciberbatting, Happy Slapping, Sexting, Pornografía Infantil y Grooming.

En este artículo hablaré sobre el Ciberbullying por ser el delito que esta relacionado al acoso escolar, y de Grooming, que si bien no está relacionado al acoso escolar, si al acoso entre pares al ser utilizados muchas veces los menores de edad para captar a las victimas y en España se hace referencia a las personas con alguna dificultad cuando de sujeto pasivo se habla.

III.a. Ciberbullyng: si bien en Argentina no está tipificado en el Código Penal, la victima está protegida por la Ley 26.061 de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, que en su artículo 9no garantiza que los menores de edad no sean sometidos a tratos violentos, discriminatorios, humillantes o intimidatorios.

Al no estar tipificado, no encontramos una definición legal del ciberbullying, pero podemos decir que en Argentina el ciberbullying se produce cuando un menor de edad es amenazado, humillado o molestado por otro menor mediante la publicación de textos, imágenes, videos o audios y se utilizan medios electrónicos v.gr. telefonía móvil, correo electrónico, mensajería instantánea, redes sociales, juegos online.

Hasta la fecha, España es el único país de la Unión Europea en el que el acoso escolar y el ciberacoso cuentan con una regulación a nivel penal, diferenciando cuando el acoso se produce a través de medios digitales, es perpetrado entre menores y dentro de un contexto educativo.   

Con la Reforma del Código Penal se introdujo el delito de acoso dentro de las coacciones en su artículo 173 tercero, que en su inciso primero castiga con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana: 1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física. 2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas. 3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella. 4.ª Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella.

Aumenta la pena cuando se trata de una persona vulnerable por razón de su edad, enfermedad o situación -se incluyen las personas con discapacidad-, aquí se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.

Además, la Convención sobre los derechos del niño, ratificada por ambos países, en su artículo 23 garantiza que los niños con discapacidad (aunque no utiliza este término), gocen de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a si mismo y faciliten la participación activa del niño en la comunidad.

III.B.Grooming: En Argentina el grooming si está tipificado en al artículo 131 del Código Penal de la Nación que reza: Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.

En España, el grooming se encuentra agrupado bajo el Título de Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, en los artículos 178 a 194, Titulo VIII del Libro II.

En varias de las figuras delictivas del título mencionado, el sujeto pasivo es un menor de edad o un incapaz (persona con discapacidad), v.gr. artículo 183 inciso 4 a).

4. Conclusiones.

Actualmente no hay estadísticas serias de cuantos casos de ciberbullying hay en relación a personas con discapacidad, esta carencia en Argentina se puede dar ya que hace pocos años que se llevan a cabo prácticas inclusivas en las escuelas, o por faltas de denuncias, o porque aún no han crecido para llegar a utilizar las tecnologías los futuros agresores, pero entiendo que este trabajo puede ser pionero en le tema.

En líneas generales, desde lo teórico es importante que se informe y concientice a todos los integrantes de la cadena social: niños, adolescentes, padres y profesores, sobre el uso y consecuencias de la inadecuada utilización de las tecnologías de la información y comunicación, pero desde la práctica, se que es imposible que se pueda concientizar, cuando son muchas veces los mismos padres/madres que generan grietas entre ellos y luego que se bajan a sus hijos dentro del aula, con el consecuente bullying.

Es imposible esperar que los niños dentro del aula no reflejen lo que sus madres -en la mayoría de los casos- accionan en la puerta del colegio o en los grupos de whatsapp, madres que arman subgrupos para criticarse entre ellas o a otros niños.

Y así como se dice, que los abogados por deformación profesional no podemos dejar de pensar como abogados, tampoco las madres con hijos con alguna dificultad podemos dejar de ser madres cuando hablamos o escribimos sobre estos temas, y es aquí donde quiero rematar el artículo diciendo que, como madre de un hijo de 5 años con retraso en el lenguaje expresivo, hemos padecido estas situaciones de bullying en el aula (desde burlas hasta golpes), muchas veces arengada por otras madres y fomentada desde el colegio con prácticas de desinclusión.

Si bien lo de mi hijo es una dificultad provisoria, que será superada en pocos años, no puedo dejar de escribir y poner en palabras (ser la voz) de otros chicos y otras familias que no tienen la posibilidad de escribir y publicar sobre este tema.

Bibliografía


[1] Dan OLWEUS, Catedrático de Psicología en la Universidad de Bergen, Noruega, es una autoridad mundial en temas de agresión intimidatoria entre escolares. Ha dirigido numerosas investigaciones en este campo en los últimos veinte años y es considerado el “padre fundador” de este tipo de estudios. Ha estudiado y adoptado ampliamente programas de prevención del acoso en el mundo, la Olweus Bullying Programa de Prevención. En la década de 1970, inició la primera investigación mundial intimidación sistemática.

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